Curso DronesTarragona

  CURSO OFICIAL-CONSULTORÍA

FORMACIÓN

Ofrecemos formación de pilotos de drones de acuerdo a la normativa en vigor R.E. 947/2023 en todos los niveles:

A1/A3 Ponemos a disposición del alumno la tutoría especializada de instructores experimentados y un sistema de autoevaluación donde el alumno encontrará un banco de preguntas que le orientarán en el modelo de evaluación final.

A/2 el proceso es el mismo al nivel anterior.

STS Nuestros alumnos acceden a nuestra plataforma con contenidos, tutoría y examen de autoevaluación.

CURSO COMPLETO PILOTO DE DRONES (A1/A3 + A2 + STS + evaluación práctica ) 

CURSO RADIOFONISTA

– Curso de gestión del manual de operaciones Incluye un modelo de manual utilizable para que el alumno personalice y mantenga su propio manual de operaciones del operador

CONSULTORÍA

En este ámbito, estamos especialmente especializados en el desarrollo de asistencia técnica

 Desarrollo de manuales técnicos

– Manual de operaciones del Operador

– Manual de operaciones de Entidad Reconocida

– Manual de Formación (Ent. Reconocida)

Plan de respuesta a emergencias

Estudios de seguridad aeronáutico (EAS, PDRA) o EARO o Etc.

Oficina técnica

– Zonificación de ubicaciones (calificación dl lugar de operación)

-Identificación y gestión de zonas restringidas (medioambiental, ZRVF, infraestructuras…)

-Comunicaciones y solicitudes de autorizaciones (Mº Interior, Mº Defensa, Ayuntamientos, etc) Solicitud de NOTAM

 Listado de escuelas oficiales ATO en España

Requisitos de seguridad para drones

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) expone que, aunque los ciudadanos con drones vuelen para actividades lúdicas o deportivas, están obligados a cumplir una serie de normas de seguridad:

No se pueden volar drones sobre ciudades y aglomeraciones de personas al aire libre, como pueden ser parques de ciudades, playas llenas de gente, campos de fútbol, etc. Las manifestaciones, fiestas o conciertos por ahora no es posible grabarlos con drones, excepto que tengan lugar en recintos completamente cerrados (incluyendo el techo) y con la autorización del propietario del mismo.

No se pueden usar drones de noche: siempre hay que priorizar la seguridad y volar en las mejores condiciones visuales posibles. La noche nos imposibilita esta situación.

Distancia mínima de 8 km de un aeropuerto. Hay que respetar una distancia mínima de 8 kilómetros para aeropuertos, aeródromos, helipuertos o donde se realicen vuelos con otras aeronaves a baja altura, como las zonas de parapente, ultraligeros o paracaidismo, siempre y cuando la aproximación sea en VFR (Visual Flight Rules), es decir, que sea en procedimientos de vuelo visual. La distancia mínima variará hasta los 15 km cuando las aproximaciones se realicen con procedimientos de vuelo instrumental, también conocidos como IFR (Instrumental Flight Rules). Así, por ejemplo, el aeropuerto de Madrid-Barajas requiere una distancia mínima de 15 km.

-Límite de 120 metros de altura. El motivo de este límite de altura es porque tiene que haber una franja de seguridad para que no nos encontremos con otras aeronaves que volarán a un mínimo de 150 metros de altura.

Distancia máxima de 500 metros en vuelo visual. Los ciudadanos que no tengan licencia de piloto de drones no podrán superar en ningún caso los 500 metros de distancia (sin superar los 120 metros de altura). «Teniendo en cuenta que lo que prima es la seguridad», según nos recalca AESA, «nunca se volará el dron si las condiciones visuales no son las óptimas. En ninguna circunstancia se puede perder de vista el dron».

Sin placa identificativa. AESA confirma que para el uso lúdico no es necesario identificar el dron. Sin embargo, para los pilotos profesionales, si van a utilizar la aeronave no tripulada con fines comerciales, sí es obligatorio colocar en el dron de trabajo una placa identifica en el que se muestre el nombre del operador, la dirección y forma de contacto.

-Solo en zonas no controladas o clubes de vuelo. El espacio aéreo español está dividido en zonas de seguridad que van de la A a la G. Las zonas no controladas, donde los drones de uso lúdico sí pueden volar, sería en las zonas F y G. Estas zonas se pueden consultar en las cartas aeronáuticas pertenecientes a Enaire. Otra forma de estar seguro de dónde volar es en algún club de aeromodelismo en el que por una cuota se podrá volar sin tener la preocupación de estar en espacio aéreo controlado o no controlado.

Estas son las normas básicas que todo usuario de un dron con intención lúdica o deportiva debe saber. Si quieres aprender más sobre drones, en la página de AESA hay una página dedicada a los drones donde te puedes informar de las preguntas frecuentes y de la importancia de saber que un dron no es un juguete. De hecho, AESA nos recuerda que la multa por el uso indebido de un dron que afecte a la seguridad aérea puede alcanzar los 225.000 €.

La futura normativa Actualmente la normativa «está pasando el trámite europeo», nos confirma AESA. La nueva normativa permitirá la entrada de otros dos nuevos escenarios: Por un lado, los vuelos en zonas urbanas o sobre aglomeraciones de personas, siempre que se cumplan determinadas condiciones que marca la Ley como distancias máximas horizontales, alturas, tipos de espacio aéreo, peso específico, zonas acotadas, etc. Además, se requerirá un estudio de seguridad de la operación y una autorización de AESA. EVLOS (Extended Visual Line of Sight): La nueva normativa también estudia permitir operaciones en las que el requisito de tener contacto visual directo con la aeronave se puede satisfacer utilizando medios alternativos, como observadores en contacto permanente por radio con el piloto que mantienen observación visual directa de la aeronave pilotada por control remoto o RPA (Remotely Piloted Aircraft).

fuente: requisitos de seguridad: entrevista a AESA en 20minutos